Lo que cobras al salir de una empresa depende de cómo termina el contrato. El finiquito se cobra siempre; la indemnización y el paro, no.
| Forma de salida | Indemnización | Paro |
|---|---|---|
| Despido objetivo | 20 días/año, máx. 12 meses | Sí |
| Despido colectivo (ERE) | 20 días/año, máx. 12 meses (o lo pactado) | Sí |
| Despido disciplinario procedente | No | Sí |
| Despido improcedente | 33 días/año, máx. 24 meses, o readmisión | Sí |
| Despido nulo | Readmisión y salarios de tramitación | — |
| Fin de contrato temporal | 12 días/año | Sí |
| No superar el periodo de prueba | No | Sí, si la baja la decide la empresa |
| Baja voluntaria | No | No |
Despido objetivo
Lo decide la empresa por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por ineptitud o falta de adaptación del trabajador (art. 52 ET). Debe comunicarse por escrito, con 15 días de preaviso, y la empresa tiene que poner a tu disposición la indemnización de 20 días por año en el mismo momento.
Despido disciplinario
Se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas de asistencia repetidas, desobediencia, ofensas, transgresión de la buena fe o bajo rendimiento continuado (art. 54 ET). Si se declara procedente, no hay indemnización, pero sí finiquito y derecho a paro.
Despido improcedente
Es el despido que un juez o la conciliación consideran injustificado o que no cumple los requisitos de forma. La empresa elige entre readmitirte, pagando los salarios de tramitación, o indemnizarte con 33 días por año trabajado (45 días por el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012).
Despido nulo
Es el que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones protegidas, como el embarazo, la reducción de jornada por cuidado de hijos o la discriminación. La consecuencia es la readmisión inmediata y el pago de los salarios dejados de percibir.
Fin de contrato temporal
Al terminar un contrato temporal, la empresa te debe 12 días de salario por año trabajado. Si el contrato duró más de un año, también debe avisarte con 15 días de antelación.
Cómo reclamar un despido
Tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Si no hay acuerdo, el siguiente paso es la demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo es de caducidad: una vez pasado, el despido queda firme.
Calcula lo que te corresponde con la calculadora de indemnización o el recibo de finiquito completo.